«Plan… rataplan»

AGUSTÍN BENEDICTO* : Ese era el título de un artículo escrito por un célebre urbanista barcelonés para comentar el entonces recién aprobado Plan General (PG) de Madrid, allá por mediados de los ochenta del pasado siglo. De aquellos planes heroicos de los primeros ayuntamientos democráticos a los actuales hay un largo trecho, gracias a Dios. Sin embargo, se mantiene vivo el espíritu omnicomprensivo y totalizador del plan. Se pretende presuponer la imagen que tendrá la ciudad, prácticamente como si de un proyecto de arquitectura se tratara.
Hoy por hoy, nada más ingenuo. La moda de las «modificaciones de elementos» así lo verifica (aunque hay algunos elementos en este campo del urbanismo que no hay manera de modificar ). Un maestro del urbanismo me dijo hace ya mucho tiempo que un Plan General son fundamentalmente tres cosas; unas protecciones («casco histórico» y paisaje), unas reglas del juego (completar ciudad consolidada y nuevos crecimientos) y un direccionamiento de infraestructuras. Probablemente fuera así.
En Barcelona se redactó un PG allá por los setenta. Se aprobó e inmediatamente, se guardó en una vitrina, como la que tiene la abuela en casa protegiendo las figuritas de Lladró. Se terminó llamando «el plan en el armario». Todos estaban tranquilos porque había Plan, pero ya se cuidaban mucho de no pedir la llave de la vitrina en cuestión. Ya entonces se veía la casi completa inutilidad de semejante mamotreto jurídico-urbanístico para el real desarrollo de la ciudad.

Fue por entonces cuando surgió la polémica de Proyecto contra Plan. Mientras unos seguían haciendo interminables trámites burocráticos (en esa administración urbanística que ríete de «El Castillo» de Kafka), otros reurbanizaban o creaban nuevas plazas, que por supuesto no contemplaba el PG. Hacían ciudad. Si consideramos el desarrollo de cualquier proyecto de área urbana (del tamaño que hoy exigen los operadores inmobiliarios) en su auténtica complejidad, coincidiremos en que son éstos proyectos urbanos, imprevisibles por su naturaleza en cualquier PG, los que dan finalmente los trazos reales del crecimiento y desarrollo de la ciudad.
La legislación francesa hace mucho tiempo que denominó estas áreas de una manera particular.

Y, lamentablemente, van mucho más allá en su concepción de los tan multiformes «planes especiales».
Por otra parte, si consideramos que es mayor el plazo de redacción de un PG que su vigencia real y que ya muy poco tienen que ver los aprovechamientos que fija con el valor real del suelo (son los bancos los que de verdad nos tasan un solar, ese es el aprovechamiento real, que pasa olímpicamente de «las previsiones» del plan), y finalmente no está nada clara la tan cacareada «seguridad jurídica» para los propietarios e inversores, creo que sería el momento de cuestionar la validez, la utilidad, de los marmóreos Planes Generales.

Y este brevísimo artículo no da espacio para entrar en la subjetividad que guía las decisiones morfológicas del planeamiento general en la ciudad consolidada (¿por qué doce plantas y no trece? ¿por qué se divide la ciudad con líneas que delimitan distintas zonas obviando la necesaria transición de unos tejidos urbanos a otros? ...etc. ) Necesitamos planificar con criterios objetivos y mensurables (luces en la calle, decibelios en el espacio público, control de generación de CO2 en los desplazamientos…).

Pero, aunque solo sea porque la aprobación de un PG supone el fin de un frente de disputa política entre partidos, ya hay que celebrar que el Plan General de Málaga se haya aprobado definitivamente. Porque si pensamos que el desarrollo futuro de la ciudad va a gestionarse con las 75.000 nuevas viviendas que se prevén vamos listos.
*AGUSTÍN BENEDICTO. ARQUITECTO

* La Opinión Málaga - opinión - 2.05.11

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