Murcia.- El TSJ obliga a los promotores a mantener los suelos protegidos en su estado original

LAVERDAD* : La asociación Prolitoral acaba de ganar una pequeña batalla en su guerra judicial contra el complejo turístico de Marina de Cope. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha estimado parcialmente el recurso que presentó en 2006 esta agrupación de grupos ecologistas y vecinos contra las Directrices del Litoral, lo que supone en la práctica la imposibilidad de transformar determinados suelos protegidos para situar sistemas generales (viales y zonas verdes).
El Consorcio pretendía asumir esos terrenos dentro del proyecto y compensar a los propietarios con aprovechamientos urbanísticos en otras zonas de Marina de Cope, según ha explicado a 'La Verdad' el letrado de los promotores, Pablo Ruiz Palacios: «Se trata de un fracaso de Prolitoral y un éxito del equipo redactor de las Directrices del Litoral, el actual secretario general de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio», valoró, «puesto que los suelos afectados suponen sólo el 1% de la superficie», un total de 2.127 hectáreas. «Los principales perjudicados son los dueños de los terrenos», asegura el abogado del Consorcio, «puesto que ahora no pueden tocarlos, tienen que quedarse intactos».

A juicio de Pablo Ruiz Palacios, «no se ha entendido el espíritu de la norma y debiera ser así, pues permitiría adquirir suelo para el dominio público en zonas protegidas a coste cero, mientras que los propietarios adquirirían aprovechamiento en otras zonas. Probablemente pueda hacerse a través de planeamiento específico y no de las directrices», termina.
El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, notificado a las partes el pasado 4 de mayo, señala textualmente que «(...) declaramos, por su disconformidad con la LSRM (artículo 65.1), la nulidad de pleno derecho de la Actuación Recomendada en el Anexo IV de la Normativa cuyo texto es el siguiente: 'Que los nuevos sectores urbanizables colindantes con zonas afectadas por las categorías de Suelo de Protección Paisajística, Suelo de Protección Geomorfológica por pendientes y/o Suelo de Protección de Cauces se incluya una parte de ellas como sistemas generales adscritos con el objetivo de su incorporación al patrimonio público de suelo'».
Los terrenos que el TSJ obliga a mantener en su estado original son las ramblas y su entorno, como el saladar incluido en el Inventario Regional de Humedales, y otros terrenos como pequeñas colinas, los espacios donde prospera vegetación protegida como el azofaifo y las dunas fósiles.
El Consorcio Marina de Cope ha anunciado cautelarmente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, mientras analiza en qué puede afectar al diseño de la actuación urbanística la imposibilidad de ocupar parte de estos suelos protegidos, o su entorno más cercano, con infraestructuras de comunicación al servicio del complejo.
El Gobierno regional, por su parte, está analizando la sentencia antes de decidir si recurre también el fallo del TSJ, según informó el viernes un portavoz de la Comunidad Autónoma.
Prolitoral también ha recurrido en casación al Supremo, puesto que el TSJ ha desestimado el grueso de su recurso contra las Directrices del Litoral, que firmó en su día el letrado Ginés Ruiz. Iniciativa Ciudadana y Profesional para la Defensa Jurídica del Litoral (denominación jurídica completa de Prolitoral) pretendía que el TSJ plantease una cuestión de inconstitucionalidad por entender que las Directrices del Litoral contienen «graves carencias jurídicas y falta de rigor, y suponen una brutal agresión al patrimonio litoral», según señalaron cuando iniciaron la acción judicial.
Norma «del mismo rango»
El fallo del TSJ señala a este respecto que «un territorio incluido en un Espacio Natural Protegido por la Ley 4/1992 puede ser detraído de dicho régimen de protección por otra norma del mismo rango, y eso es lo que ha sucedido con la Disposición Adicional Octava de la LSRM. En la propia Ley regional 4/1992 (Disposición Adicional Cinco) se prevé 'el reajuste en detalle de las delimitaciones de los espacios naturales protegidos'», añade la sentencia.
También solicitó Prolitoral al TSJ una especie de 'suspensión cautelar' de las actuaciones urbanísticas en Marina de Cope para «evitar daños irreversibles», mientras no se produjese el fallo del Tribunal Constitucional sobre el recurso del Grupo Parlamentario Socialista a la Ley del Suelo, petición que también fue desestimada.
La Comunidad aprobó en junio de 2004 las Directrices y el Plan de Ordenación Territorial del Litoral de la Región para «orientar un modelo urbanístico que rompa con la estacionalidad».


* La Verdad - 13.06.11
Foto: Cope marina - J.S. (El País)

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