El Algarrobico, más cerca de su demolición

ELALMERÍA* : El hotel del Algarrobico ha dado un paso más para dejar de ser uno de los más citados en los ejemplos de urbanismo salvaje en todo el país. La sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Junta de Andalucía contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el que se exigía un nivel de protección mayor del lugar con la derogación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de 2008 en favor del anterior de 1994 que concedía una mayor restricción al considerar que la zona no era edificable. Dicho claramente, lo que ayer decidió el Alto Tribunal fue proteger la zona de un "efecto devastador" contra el entorno natural de la zona y esgrimió para ello el "interés público en proteger el medio físico". El auto es contundente cuando afirma que "la zona queda mejor amparada con el PORN de 1994 que otorga más intensa y mejor protección ambiental".
A pesar del largo camino judicial que aún le queda al litigio emprendido entre las administraciones (en sus tres niveles, local, regional y nacional) y la empresa promotora del establecimiento hotelero (Azata del Sol) con los colectivos ecologistas de fondo (verdaderos impulsores de unas actuaciones destinadas a paliar el daño ambiental realizado en las costas almerienses), el de ayer es un paso fundamental a la hora de encarar las futuras sentencias que se han de producir. Primero por ser el organismo que la ha dictado, el Tribunal Supremo, creador de jurisprudencia y segundo porque ante la misma no cabe un recurso ordinario ante ninguna instancia judicial.

Lo que es incuestionable es la voluntad del Supremo de "aumentar la protección del entorno" por encima de la intención de la Administración autonómica de "urbanizar la zona", al menos en un primer momento. Lo cierto es que la actuación de la Junta en este proyecto, supone un auténtico vaivén en cuanto a sus verdaderas intenciones. Pese a que en los últimos años las manifestaciones públicas de los distintos responsables se han apuntado al derribo del hotel de la manera más rápida posible, lo cierto es que en enero de 2003 la Consejería de Turismo, Comercio y Deportes de la Junta autorizó la instalación del hotel y pocos días después era la de Sanidad quien daba su preceptivo visto bueno. En mayo de ese mismo año se rizaba el rizo de la indefinición y Medio Ambiente otorgaba su calificación de 'ambiental' a dicho establecimiento. Las obras del hotel de más de 400 habitaciones comenzaron ese mes. En enero de 2004 aprobó el Plan de Desarrollo Sostenible de Cabo de Gata que promovía la construcción de instalaciones hoteleras en las zonas calificadas como 'edificables' dentro del parque natural y que incluía el Plan Turístico del Levante ubicado en El Algarrobico.

No es hasta febrero de 2008 cuando se aprueba el nuevo Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la zona, proyecto que el Supremo se ha encargado de echar abajo en esta resolución fomentada por la organización ecologista Greenpeace, quien recurrió la intención de la Junta.

El TSJA había acordado "mantener el grado de protección" porque "los criterios de ordenación para estas áreas orientan a preservar la interacción armoniosa entre el poblamiento del parque y su naturaleza, promover actividades económicas compatibles con el desarrollo sostenible, fomentar la regeneración de áreas degradadas y favorecer su lectura en términos de conectividad ecológica y social".

Sin embargo, el recurso de la Administración autonómica para hacer valer sus planteamientos recogidos en el texto de 2008, a juicio del Supremo constituyen un intento de "plantear la posible producción del efecto devastador alegado por la parte recurrente (Greenpeace) en relación a la construcción del establecimiento hotelero".

Por todo ello, el Alto Tribunal "concede la protección establecida en 1994" . La Junta, en un intento por continuar con su intención de declarar edificable la zona donde se asiente, intentó sin éxito "incluirlo en la zona denominada C3, donde son compatibles nuevas edificaciones y rehabilitación de las existentes, lo que podría permitir terminar la edificación de la infraestructura hotelera cuestionada".

En resumen, el Supremo se decanta por el PORN de 1994 por entender que "no era posible construcción alguna, ni la legalización de las ejecutadas. Además, ponderados los intereses en conflicto ha de darse preminencia al interés general representado en la consideración de que El Algarrobico se califica como espacio protegido no urbanizable con la variable medioambiental que ello implica". El Supremo da un paso más y contempla un futuro sin el hotel al asegurar que el PORN de 1994 "atiende más eficazmente a la recuperación del lugar y por lo tanto a la defensa del interés público medioambiental en cuanto a la restauración de una zona ya degradada".El hotel del Algarrobico ha dado un paso más para dejar de ser uno de los más citados en los ejemplos de urbanismo salvaje en todo el país. La sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Junta de Andalucía contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el que se exigía un nivel de protección mayor del lugar con la derogación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de 2008 en favor del anterior de 1994 que concedía una mayor restricción al considerar que la zona no era edificable. Dicho claramente, lo que ayer decidió el Alto Tribunal fue proteger la zona de un "efecto devastador" contra el entorno natural de la zona y esgrimió para ello el "interés público en proteger el medio físico". El auto es contundente cuando afirma que "la zona queda mejor amparada con el PORN de 1994 que otorga más intensa y mejor protección ambiental".

A pesar del largo camino judicial que aún le queda al litigio emprendido entre las administraciones (en sus tres niveles, local, regional y nacional) y la empresa promotora del establecimiento hotelero (Azata del Sol) con los colectivos ecologistas de fondo (verdaderos impulsores de unas actuaciones destinadas a paliar el daño ambiental realizado en las costas almerienses), el de ayer es un paso fundamental a la hora de encarar las futuras sentencias que se han de producir. Primero por ser el organismo que la ha dictado, el Tribunal Supremo, creador de jurisprudencia y segundo porque ante la misma no cabe un recurso ordinario ante ninguna instancia judicial.

Lo que es incuestionable es la voluntad del Supremo de "aumentar la protección del entorno" por encima de la intención de la Administración autonómica de "urbanizar la zona", al menos en un primer momento. Lo cierto es que la actuación de la Junta en este proyecto, supone un auténtico vaivén en cuanto a sus verdaderas intenciones. Pese a que en los últimos años las manifestaciones públicas de los distintos responsables se han apuntado al derribo del hotel de la manera más rápida posible, lo cierto es que en enero de 2003 la Consejería de Turismo, Comercio y Deportes de la Junta autorizó la instalación del hotel y pocos días después era la de Sanidad quien daba su preceptivo visto bueno. En mayo de ese mismo año se rizaba el rizo de la indefinición y Medio Ambiente otorgaba su calificación de 'ambiental' a dicho establecimiento. Las obras del hotel de más de 400 habitaciones comenzaron ese mes. En enero de 2004 aprobó el Plan de Desarrollo Sostenible de Cabo de Gata que promovía la construcción de instalaciones hoteleras en las zonas calificadas como 'edificables' dentro del parque natural y que incluía el Plan Turístico del Levante ubicado en El Algarrobico.

No es hasta febrero de 2008 cuando se aprueba el nuevo Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la zona, proyecto que el Supremo se ha encargado de echar abajo en esta resolución fomentada por la organización ecologista Greenpeace, quien recurrió la intención de la Junta.

El TSJA había acordado "mantener el grado de protección" porque "los criterios de ordenación para estas áreas orientan a preservar la interacción armoniosa entre el poblamiento del parque y su naturaleza, promover actividades económicas compatibles con el desarrollo sostenible, fomentar la regeneración de áreas degradadas y favorecer su lectura en términos de conectividad ecológica y social".

Sin embargo, el recurso de la Administración autonómica para hacer valer sus planteamientos recogidos en el texto de 2008, a juicio del Supremo constituyen un intento de "plantear la posible producción del efecto devastador alegado por la parte recurrente (Greenpeace) en relación a la construcción del establecimiento hotelero".

Por todo ello, el Alto Tribunal "concede la protección establecida en 1994" . La Junta, en un intento por continuar con su intención de declarar edificable la zona donde se asiente, intentó sin éxito "incluirlo en la zona denominada C3, donde son compatibles nuevas edificaciones y rehabilitación de las existentes, lo que podría permitir terminar la edificación de la infraestructura hotelera cuestionada".

En resumen, el Supremo se decanta por el PORN de 1994 por entender que "no era posible construcción alguna, ni la legalización de las ejecutadas. Además, ponderados los intereses en conflicto ha de darse preminencia al interés general representado en la consideración de que El Algarrobico se califica como espacio protegido no urbanizable con la variable medioambiental que ello implica". El Supremo da un paso más y contempla un futuro sin el hotel al asegurar que el PORN de 1994 "atiende más eficazmente a la recuperación del lugar y por lo tanto a la defensa del interés público medioambiental en cuanto a la restauración de una zona ya degradada".


* El Almería - 5.10.11
Foto: Greenpeace persigue la demolición del hotel de la playa de El Algarrobico (Almería).Greenpeace / EFE

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Gallardón pagó 22 millones por unos terrenos que el Real Madrid valoraba en 488.000 euros

ELCONFIDENCIAL* : Florentino Pérez resucita las cuentas del Real Madrid gracias a un nuevo acuerdo con el Ayuntamiento. El conjunto blanco se ha hecho con unos terrenos públicos adjuntos al Santiago Bernabéu para construir un centro comercial en el paseo de la Castellana cediendo al consistorio, a cambio, unas parcelas en la zona de Las Tablas (Madrid). El éxito de la negociación está en que Florentino ha convencido a Alberto Ruiz Gallardón para que dé el mismo valor (22 millones de euros) a unos terrenos despoblados en Las Tablas y a otros en el pleno Paseo de la Castellana. La misma parcela en el extrarradio de Madrid que Gallardón valora ahora en 22 millones de euros, el Real Madrid lo contabilizó en su informe económico 2010/2011 por un valor de 488.000 euros. O, lo que es lo mismo, como explica Gonzalo Garteiz en La Celosía, Florentino consigue con este trueque que Gallardón multiplique por 50 el valor de su terreno.
En el estudio que el club blanco entregó a sus socios compromisarios el pasado mes de septiembre, el Real Madrid reconoce como inversión inmobiliaria esta parcela de Las Tablas cuyo valor no supera el medio millón de euros. En el análisis, el club madrileño admite que ese terreno se había obtenido gracias “a una operación de permuta realizada en ejercicios anteriores con el Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid”, aunque el terreno “no está afecto a la explotación ni tiene un uso definido”.

Con esta operación, Gallardón salda la deuda de unos 20 millones de euros que todavía mantenía abierta con el Real Madrid desde 1998, año en el que el Ayuntamiento cedió los terrenos para construir las cuatro torres en la antigua Ciudad Deportiva del equipo blanco. En ese acuerdo, el consistorio madrileño tenía que ceder unos terrenos, estos 70.000 metros cuadrados para uso deportivo en el barrio de Las Tablas, al equipo blanco. Pero aunque el Real Madrid era el propietario formal, el municipio nunca ejecutó la entrega. Trece años después, Pérez recupera el acuerdo que nunca se cerró y el ayuntamiento dice que no puede entregárselo porque en el plan de ordenación urbana de 1997 se establece que esos terrenos debían ser de titularidad pública.
Para dejar a cero su deuda con el Real Madrid por la operación de las cuatro torres, el consistorio únicamente puede compensar a Florentino cediéndole otros terrenos. Además de que el ayuntamiento infle el valor de la parcela de Las Tablas un 4551%, Pérez ha conseguido cambiar el uso de los terrenos anexos al Bernabéu en terrenos de uso privado cuando en 1991 fueron calificados como terrenos de uso deportivo.

Una valoración independiente

David Ortega, representante de UPyD en el Ayuntamiento de Madrid, pedirá mañana a Pilar Martínez, concejal de Urbanismo del consistorio, que un "experto técnico independiente valore de nuevo los terrenos y compruebe su coste real". Asimismo, aprovechará la reunión para preguntar sobre la calificación de la parcela de Las Tablas B-32, calificada como deportiva de carácter básico. "No entendemos siquiera por qué se permutó este terreno al Real Madrid en 1998 si ya entonces no podía hacer uso de ella", explica Ortega.

Conseguido ya el terreno, el siguiente capítulo en la historia del Real Madrid es reconvertir el estadio Santiago Bernabéu. Los socios compromisarios aprobaron a finales de septiembre la propuesta de remodelación del campo presentada por Florentino y su junta directiva para convertirlo en un “estadio de elite y vanguardia de referencia mundial, en un hito arquitectónico y de modernidad de la ciudad”. Además de un centro comercial en el lateral de la Castellana, también se modificará la entrada al palco de honor y se reordenará toda la zona.


* El Confidencial - 4.10.11
Foto: Madrid, Gallardón y Florentino - EFE

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La Fiscalía intenta agilizar los derribos de casas ilegales a cambio de suspender penas

LAOPINIÓN/Málaga* : Cuando a un individuo se le condena por primera vez puede lograr que se suspenda la ejecución de la pena siempre que haya sido sentenciado a menos de dos años de cárcel, pague la responsabilidad civil y carezca de antecedentes penales computables, pero los delincuentes urbanísticos casi siempre eluden la cárcel aun cuando pocos tiran la casa ilegal. La Fiscalía de Medio Ambiente quiere acabar con esa bolsa de impunidad y ha comenzado a vincular en sus escritos la suspensión de la ejecución del castigo con que el afectado demuela la construcción irregular de que se trate.
Es, según fuentes judiciales, «una medida pionera» que, por cierto, ya ha sido apreciada por cuatro jueces de lo Penal en Málaga. Todo ello nace de una novedosa interpretación que el fiscal coordinador de Medio Ambiente de Málaga, Juan Calvo-Rubio, hace del artículo 83 del Código Penal, el que establece las condiciones para que un condenado pueda ver suspendida su pena: además de las ya citadas –una condena inferior a los dos años, ausencia de antecedentes o el pago de la responsabilidad civil–, en el punto seis de ese apartado se especifica que se concederá la misma siempre que el acusado cumpla los deberes que el juez estime convenientes para rehabilitar al procesado.

Estas condenas suelen llevar aparejadas la pena de cárcel, una multa y el derribo de la vivienda, requisito este último que no puede considerarse como responsabilidad civil, sino como «una consecuencia accesoria civil, en cuanto a que tiende únicamente a la reparación del daño causado por delito y restablecimiento del orden jurídico vulnerado»: el suelo.
«Cuando se devuelve el suelo a su estado anterior, se pide la suspensión de la pena», aclaran las fuentes judiciales consultadas.

No es un beneficio

«Ello es un beneficio y no un derecho, y por tanto, debe el penado mostrarse merecedor del mismo, hasta tanto no se produzca la reparación del daño causado, que supone la restitución del suelo a su uso legalmente previsto», aclara el fiscal Calvo-Rubio en un documento de trabajo en el que desarrolla esta tesis que ha acabado imponiéndose en varias sentencias. Hasta entonces, señala, «no se puede entender al penado como acreedor del beneficio».

«La suspensión de la pena se entiende necesario realizarla condicionada a la demolición; resulta evidente que, para considerar rehabilitado socialmente a una persona, ésta debe demostrar su arrepentimiento por los hechos cometidos y fundamentalmente la reparación del bien jurídico vulnerado», indica. Tirando la casa, el penado demostraría «claramente su rehabilitación; en caso contrario, demostraría no ser merecedor de dicha suspensión».

Trabas y amnistías

El derribo de viviendas ilegales plantea numerosos problemas burocráticos y tarda bastante, porque hasta que una resolución adquiere firmeza pueden pasar años. Además, la eliminación debe ser pagada por el acusado, aunque habitualmente son las administraciones local o autonómica las que actúan de oficio pasando después la factura al interesado.

En cualquier caso, el camino es inverso en el ámbito político, porque, a finales del primer trimestre de este año, la Junta de Andalucía ya había legalizado de facto el 71% de las viviendas construidas en suelos no urbanizables –en torno a 50.000–, y en la Axarquía los regidores llevan años pidiendo una amnistía para esas casas. El PGOU de Marbella, por otro lado, consideró regulares la mayor parte de las 18.000 casas ilegales.


* La Opinión Málaga - 4.10.11
Foto: Axarquía (Málaga), diseminados - laopiniondemalaga.es

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Edificios y urbanismo a la carta

ELPAÍS/Sevilla* : Una nueva televisión acercará distintos aspectos del mundo de la arquitectura al público. TV Arquitectura es una televisión a la carta en Internet que puede verse desde cualquier localización y dispositivo (ordenador, televisor, smartphone...). Los directores e impulsores de la nueva televisión son los arquitectos sevillanos Alfonso Gómez-Feria Ponce y Carlos García Garzón. Su lanzamiento ha supuesto una inversión de 15.000 euros. Es una televisión gratuita para el usuario, que puede acceder a ella en la dirección www.tvarquitectura.com. Esta iniciativa fue presentada ayer en el Ayuntamiento de Sevilla y forma parte del programa de actividades de la décima edición de la Semana de la Arquitectura, que concluye el viernes y está organizada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla y la Fundación para la Investigación y la Difusión de la Arquitectura.
Entre los contenidos más destacables de la nueva televisión figuran las monografías. Se trata de reportajes de arquitectura comentados por los propios autores, que muestran sus opiniones y las características de sus edificios. "Hay también un apartado de noticias, integrado por noticias de actualidad, noticias de la profesión...", señaló García Garzón. Otra sección se centra en mostrar los problemas de arquitectura y urbanismo de cualquier lugar del mundo. También servirá para denunciar los problemas enquistados en la profesión de arquitecto. Los usuarios podrán denunciar situaciones anómalas de sus ciudades y proponer soluciones.

La televisión ofrece tres concursos. Uno televisado de preguntas se titula ¿Sabes de arquitectura? Cada participante podrá elegir el tema de las preguntas entre las expuestas por el presentador del concurso. Cada respuesta debe hacerse con un tiempo máximo de 10 segundos. El premio se anunciará próximamente y el plazo de inscripción se abrió ayer. Para participar en este concurso hay que enviar los datos a info@tvarquitectura.com.

Otro concurso está dirigido a obra construida. "Es un premio de obra construida en los últimos tres años al que cualquier arquitecto puede presentarse", dijo Gómez-Feria. Un jurado hará una preselección de las cinco mejores obras presentadas a concurso, que colgarán en la página web www.tvarquitectura.com, donde los usuarios votarán por la obra que consideren mejor.

Con un concurso para estudiantes y jóvenes arquitectos se pretende ofrecer soluciones a problemas históricos de urbanismo que enfangan las ciudades. Así, la Feria de Abril de Sevilla adolece de "problemas muy importantes que se deben solucionar para beneficiar" a los vecinos de la ciudad y a los turistas, según recalcan los promotores de la televisión. El objeto del concurso es dar solución a los siguientes aspectos: insuficiente número de casetas; abandono del recinto ferial durante aproximadamente 48 semanas del año; posibilidad de rentabilizar económicamente un solar en un lugar de privilegio, y hermetismo de las casetas de feria a los turistas. Hay un primer premio de 1.000 euros. Un jurado hará una preselección de las cinco mejores obras presentadas, que se colgarán en la página web www.tvarquitectura.com, donde los usuarios votarán por la obra que más les guste.

Finalmente, la televisión ofrece una guía que permite localizar las obras con interés arquitectónico en cualquier ciudad europea. Y TV Arquitectura organiza, además, viajes para conocer las obras de interés arquitectónico de cada ciudad.

Por otra parte, la Semana de la Arquitectura organiza sus habituales visitas guiadas a edificios relevantes de Sevilla cuyo acceso suele estar restringido. Las jornadas arrancaron ayer con la visita a las cubiertas de la Catedral. Hoy llegará el tiempo de conocer el Convento de Santa Clara entre las 10.00 y las 14.00. Por la tarde, la visita estará dedicada al Metropol Parasol y el Antiquarium entre las 16.00 y las 20.00. Mañana miércoles estará destinado a conocer la restaurada Iglesia del Salvador (de 10.30 a 13.30) y Palmas Altas, nueva sede de Abengoa (entre las 18.00 y 20.00). Las jornadas de puertas abiertas concluirán el jueves en el recientemente restaurado Palacio de San Telmo, sede de la Presidencia de la Junta (entre las 15.30 y las 20.00). La inscripción para las visitas se realiza llamando al teléfono 954 460 120.


* El País - SANTIAGO BELAUSTEGUIGOITIA - Sevilla - 04/10/2011
Foto: Una vista de Metropol Parasol (Sevilla), en una fotografía tomada ayer - elpais

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El Defensor acoge las reclamaciones de una Plataforma contra el Plan de Egüés

EFE/Navarra* : El Defensor del Pueblo de Navarra, Javier Enériz, se ha posicionado a favor de las tesis defendidas por la Plataforma Ciudadana "Salvemos Eguesibar zain dezagun", en su oposición a la aprobación del Plan General Municipal del Valle de Egüés.
De esta forma, el Defensor del Pueblo de Navarra, constata en su escrito que el Plan aprobado no ha sido sometido de forma suficiente al trámite de exposición pública, según ha hecho público hoy este colectivo vecinal.
Constatan que el Defensor revela que el Plan ha sido sometido a exposición pública en una ocasión, tras la aprobación inicial del 4 de mayo de 2010, mientras en las siguientes fases de la tramitación sus contenidos y determinaciones han sido objeto de modificaciones "sustanciales" en varios momentos.
También destaca el Defensor que los dos textos refundidos remitidos con fechas 10 de junio y 12 de agosto de 2011 al Departamento de Fomento y Vivienda, no han sido sometidos a conocimiento del pleno del Ayuntamiento de Egüés.

Por otro lado, Enériz se muestra de acuerdo con la afirmación de la Plataforma de que el Plan Municipal sometido a aprobación definitiva no se encontraba completo en sus determinaciones estructurantes, por lo que incumple con la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En tercer lugar, el Defensor del Pueblo concluye que la memoria del Plan General no justifica el crecimiento de 30.000 nuevas viviendas, como tampoco lo hace el Plan de Ordenación Territorial del Área Central.

Por todo ello, el Defensor sugiere al Departamento de Vivienda que analice en profundidad el recurso de alzada interpuesto por la Plataforma para que, "una vez hechos los cambios sustanciales, sea sometido a nueva exposición pública y a nueva aprobación provisional".

Al Ayuntamiento del Valle de Egüés pide que, en el caso de que se estime el recurso de alzada, proceda a una nueva aprobación provisional, previo sometimiento del texto modificado a nueva exposición pública.

También le sugiere que estudie conexionar el Plan General Municipal con la dinámica real de crecimiento de la población del municipio, justificando desde el interés municipal, el modelo de desarrollo urbanístico propuesto que se deriven del previsible crecimiento poblacional del municipio.

Por todo ello, la Plataforma considera que el Defensor del Pueblo de Navarra les ha dado la razón en sus pretensiones de que el Plan estaba "mal tramitado" y de que sus determinaciones no estaban "suficientemente justificadas", y apoya sus sugerencias.


* ABC - EFE - 3.10.11
Foto: Egüés (Navarra) - diariodenavarra.es

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