"Túmbala" lleva a la torre Pelli ante el Tribunal Constitucional

ABC/Sevilla* : Varios miembros de la plataforma Túmbala contra la Torre Pelli han presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo por la presunta vulneración del derecho fundamental a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales al desestimar el TSJA su recurso contra la licencia de edificación otorgada a Puerto Triana para construir el rascacielos. Según el TSJA, la plataforma Túmbala no recurrió en tiempo y forma las resoluciones de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) cuando Manuel Marchena estaba al frente y el alcalde de Sevilla era Sánchez Monteseirín. Según el recurso, al que ha tenido acceso ABC, esos miembros de la plataforma Túmbala ejercieron la acción pública en materia urbanística e interpusieron una demanda contencioso-administrativa solicitando la anulación de las licencias concedidas por la Gerencia de Urbanismo en 2007 para hacer las pantallas y en 2008 para las obras del edificio en 2008. El Juzgado Contencioso Administrativo 14 de Sevilla declaró en julio de 2011 inadmisible el recurso de Túmbala por no haberlo hecho en «tiempo y forma», ya que entendió que debió recurrirse en el plazo de dos meses desde que el Ayuntamiento le permitió acceder al expediente administrativo en 2009. La plataforma recurrió en apelación ante el TSJA y el Alto Tribunal confirmó en enero de 2012 la sentencia desestimatoria. Ahora, la plataforma se dirige al Tribunal Constitucional por entender que se ha vulnerado su derecho fundamental a una tutela efectiva de los jueces y tribunales argumentando que cuando se ejerce la acción publica en materia urbanística se tiene de plazo hasta cuatro años después de la terminación de las obras para recurrir las mismas. En el recurso se dice que «si dicha acción está motivada por la ejecución de obras que se consideren ilegales, podrá ejercitarse durante la ejecución de las mismas y hasta el transcurso de los plazos establecidos la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística». Asimismo, en el recurso de amparo se subraya que parte de los miembros de la plataforma Túmbala solicitaron en 2007 al Servicio de Licencias Urbanísticas de la Gerencia Municipal de Urbanismo ver el expediente y que pudieron verlo desde diciembre de 2009, pero —advierten— no todos lo hicieron, ya que las dos asociaciones antes mencionadas no tuvieron acceso al mismo, por lo que para ellas no cuenta el plazo de dos meses para recurrir en sede judicial. * ABC - M. J. PEREIRA - 30.03.12 Foto: Sevilla, Torre Pelli desde puente - EFE

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