El Supremo cierra cualquier opción de evitar el derribo de 32 viviendas en Alcanar

Unos 10 años más tarde de la concesión municipal de la licencia para la construcción de estas viviendas ilegales en Alcanar (Tarragona) parece que la justicia da por terminado el asunto de su derribo obligatorio. A pesar de las numerosas trabas que tanto la Generalitat como el propio ayuntamiento han puesto para evitar este derribo, la lentísima resolución judicial ha llegado por fin. Ya veremos si se ejecuta. 
"EFE* : El Tribunal Supremo ha cerrado al Ayuntamiento de Alcanar cualquier opción de eludir el derribo de las 32 viviendas de Turov en la urbanización de Serramar mediante una modificación urbanística. El consistorio y la Generalitat de Cataluña lo intentaron en 2006 con la aprobación de un Plan Especial de Reforma Interior (PERI) que ahora la máxima instancia judicial ha invalidado.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que la Generalitat presentó en 2009 contra la invalidación del PERI tras agotar todas las vías legales para intentar frenar el derribo de las 32 viviendas y considera que el ayuntamiento y la administración catalana han ejercido lo que se conoce como "desviación de poder".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el magistrado de la Sala Tercera, Jesús Ernesto Piezas Morato, argumenta que "la administración pública no ejercita sus potestades de planeamiento con el fin de satisfacer el interés público, sino con la única finalidad real de legalizar una situación contraria a derecho, al margen de cualquier consideración sobre los intereses generales a los que esta potestad debe servir".

El juez va más allá y considera que tanto la Generalitat como el ayuntamiento eran conscientes de que la licencia de Turov sería declarada, con toda probabilidad, ilegal: "La Administración era perfectamente conocedora de la pendencia de este procedimiento cuyas resultas se pretendían enervar mediante una ordenación contenida del PERI", y no sólo eso, sino que el magistrado ya apunta que con la modificación urbanística lo que se pretendía era "consolidar una irracionalidad urbanística que incrementaba la densidad de viviendas un 255,5 %, y aparte no respetaba las distancias".

De hecho, fue la propia Dirección General de Urbanismo quien ya en 2004 requirió al ayuntamiento la revisión de oficio "de las licencias controvertidas" de estas obras y ese mismo año detuvo la puesta en marcha de una segunda fase.

El 6 de noviembre de 2006 (casualmente el mismo día que el contencioso de Tarragona declaraba la licencia ilegal) la Comisión de Urbanismo de las Tierras del Ebro aprobaba este PERI y argumentaba que "con la redacción de este plan se quiere regularizar la situación de los apartamentos ya construidos en la parcela afectada".

Piezas Morato expone en la sentencia que "la administración autonómica, cuando menos, debió expresar las razones por las que se aprobaba un planeamiento urbanístico que legalizaba 'ex post facto' edificaciones litigiosas", y añade que "tal forma de proceder habría requerido una motivación esmerada y rigurosa que, sin embargo, no se ha aportado".

El ayuntamiento, que ya hace semanas que ha iniciado los trámites de derribo, insta a los vecinos a acelerar su personación en la causa para intentar abrir otra vía, aunque ya ha avanzado que presentarán recurso de súplica al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

"Tenemos abierta la vía del recurso de queja en el TSJC en contra de la sentencia del contencioso administrativo de Tarragona por el que pensamos que deben motivar la obligación de derribar, y que habría alternativas. Otra vía es que los vecinos se personasen en el procedimiento y se abriera una nueva vía", argumenta el concejal de Urbanismo del Consistorio, Manel Martí.

Martí reconoce que a pesar de que esperaban el pronunciamiento del Supremo," la sentencia es dura. Cada vez el margen de maniobra es más estrecho y nos vemos cada vez más abocados al derribo".


* El Economista - EFE - 29.4.13
Foto: Alcanar (Tarragona), viviendas a derribar  - ACN



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