Los seis motivos del tribunal europeo contra los desahucios "marca España"

DIAGONAL* : La sentencia del Tribunal Europeo de Justicia marca una serie de criterios a los que podrán acogerse los jueces españoles para suspender de forma cautelar los desahucios.
La sentencia hace suyos los principios dictados por su abogada general, Juliane Kokott, en su dictamen de noviembre. El dictamen obedecía a una consulta elevada al TEJ por parte del juzgado de lo mercantil nº3 de Barcelona, encargado de resolver el litigio entre Mohamed Aziz y Catalunya Caixa (hoy Catalunya Banc y rescatada con 9.000 millones de euros de dinero público procedentes del rescate europeo). Aziz firmó en 2007 un préstamo hipotecario de 138.000 euros sobre su vivienda familiar. En junio de 2008 dejó de pagar las cuotas mensuales. Casi cinco años después, estos son los criterios a los que, por sentencia europea, podrán acogerse los jueces españoles en miles de procedimientos similares.

1. Los motivos por los que un deudor en España puede oponerse al proceso de ejecución de su hipoteca son "muy limitados"

En la práctica, alguien que haya suscrito una hipoteca para acceder a una vivienda y se haya visto inmerso en un proceso de ejecución hipotecaria por impago sólo puede reclamar la suspensión de la ejecución en caso de que la entidad haya calculado mal las cantidades debidas.

2. Los jueces no pueden actuar

La Directiva sobre cláusulas abusivas 93/13/CEE de 5 de abril de 1993 se opone a los artículos 681 a 698 de la Ley española de Enjuiciamiento Civil. Esto es, la ley española no permite a un juez parar un desahucio aunque haya indicios de una cláusula fraudulenta.

3. Predominio del derecho comunitario sobre protección del consumidor

En principio, la Ley de cada Estado manda sobre la Ley europea en este caso. Pero la normativa española no debe ser más dura para el procedimiento de ejecución hipotecaria que para otras situaciones similares (principio de equivalencia) y no debe vulnerar el principio de efectividad del ordenamiento europeo: "no debe hacer imposible en la práctica o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos que confiere a los consumidores" la normativa europea.

4. Las indemnizaciones a las que puede optar un hipotecado a posteriori son insuficientes

La declaración de nulidad de posibles cláusulas abusivas sólo la puede declarar el juez cuando ya se ha producido la ejecución (se ha ordenado el desahucio). El TEJ considera esta declaración como meramente "indemnizatoria", "incompleta e insuficiente" dado que "ese mecanismo de protección de los consumidores limitado al pago de una indemnización por daños y perjuicios no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda".

5. La existencia de un contrato firmado y la supuesta "buena fe" del prestamista no bastan para determinar que una cláusula no es abusiva

Si al negociar el contrato no se han negociado individualmente las cláusulas, los jueces podrán considerarlas abusivas "si causan un desequilibrio importante en detrimento del consumidor" en función de los derechos y obligaciones de las partes firmados en el contrato. En el litigio que dio origen a la consulta, el banco impuso al deudor unos intereses del 18% sobre el préstamo inicial debido al impago (intereses de demora).

6. El banco puede iniciar el proceso con un sólo impago y esto es desproporcionado

El banco puede iniciar el proceso con un sólo mes de impago. Para el TEJ, los jueces tendrán que estimar a partir de ahora si ese incumplimiento del contrato es "suficientemente grave con respecto a la cuantía y a la duración del préstamo"


* Diagonal - DIEGO SANZ PARATCHA Y CARMELA NEGRETE - 14.3.13
Foto: Hipotecas, protesta PAH - efe



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Murcia, paradigma de la corrupción: 45 municipios y 40 causas abiertas

ELCONFIDENCIAL* : El sobreseimiento de una causa contra un alcalde del Partido Popular ha provocado la polémica sobre esos procedimientos en Murcia, que tiene actualmente 40 causas por corrupción abiertas en una región de 45 municipios. En esa llamativa proporción no están todos los que son, puesto que hay algunos ayuntamientos que no tienen ninguna, pero sí son todos los que están, algunos varias veces.
Fuentes jurídicas consultadas mostraron su sorpresa por el cómputo, puesto que solamente hay constancia de 40 casos abiertos en los últimos años contra representantes de partidos políticos o empleados públicos por presunta corrupción en los 45 municipios de la Región. La oficina de prensa del PP no facilitó la lista de los 64 casos desestimados que le fue solicitada por este diario.

De los 40 asuntos comprobados de presunta corrupción abiertos en la Región de Murcia, 28 afectan a concejales y alcaldes del Partido Popular en distintos municipios. Destaca entre ellos el llamado caso Umbra, en el que están imputados el actual alcalde de la capital, Miguel Ángel Cámara, los dos anteriores concejales de Urbanismo, Pilar Megía y Fernando Berberena, y empresarios, funcionarios y abogados, por prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias y trato de favor a las empresas promotoras de millones de metros cuadrados en el norte del municipio capitalino.

Los municipios gobernados por el PP de Águilas, Puerto Lumbreras, Fortuna, Totana, Fuente Álamo, San Javier, Torre Pacheco, Blanca, Fortuna, Totana, Alcantarilla, Alguazas, Caravaca de la Cruz y Murcia tienen o han tenido uno o varios casos judiciales por presunta corrupción en los últimos años.

En ellos, el tamaño no es lo importante, como prueba el pequeño municipio de Puerto Lumbreras, limítrofe con Almería, que tiene tres causas abiertas. En dos de ellas -por prevaricación urbanística y por prevaricación administrativa- está inmerso el acalde, Pedro Antonio Sánchez. Pero el gran municipio de la capital murciana -450.000 habitantes, séptima ciudad española- no le va a la zaga, pues además del Umbra tiene abiertos otros tres casos.

Uno de estos últimos lo comparte con Alcantarilla, igualmente gobernada por el PP, por contaminación del río Segura, y ostenta el dudoso honor de ser el más antiguo aún en curso, ya que se inició por una denuncia de Izquierda Unida en 1999.

Del lado socialista, con un total de siete procedimientos, llama la atención el caso Limusa en Lorca, uno de los pocos que ha sido cerrado con la condena de dos exconcejales del PSOE -Bartolomé Soler y Jesús Molina- y el exgerente de la empresa municipal de limpieza.

También tiene el PSOE su pequeña heroína gracias a Resurrección García, que gobernó Lorquí entre 1995 y 2007, y se sentará próximamente en el banquillo por rebajar a capricho 27 sanciones urbanísticas, cosa presuntamente constitutiva de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Entre los procedimientos acabados, el Partido Popular se lleva la palma por las condenas obtenidas en Totana por el exalcalde Juan Morales -actualmente en la cárcel por prevaricación, cohecho, falsedad, entre otras causas-, y en Fortuna por el exalcalde Matías Carrillo -inhabilitado por el Tribunal Supremo por delito electoral consistente en la compra de votos y prevaricación-. El sucesor de Morales, el también popular José Martínez Andreo, tiene una petición fiscal de tres años y cuatro meses por coacciones y obstrucción a la justicia por tomar represalias contra el denunciante de los hechos que llevaron a la cárcel al anterior alcalde.

Los dos partidos mayoritarios se reparten los casos -PP, 28; PSOE, 7- en una proporción casi idéntica a la de municipios en que gobiernan de los 45 que tiene la Región de Murcia. Pero en semejante maremágnum de presuntos delitos investigados por los fiscales, no pueden faltar los funcionarios de la Administración regional. Son los cinco que restan para totalizar los 40.

De ellos destaca la petición fiscal de imputación del consejero de Agricultura, Antonio Cerdá -que tenía competencias de medio ambiente-, en el caso Novo Cartago, que se inició por la reclasificación como urbanizable de un espacio natural protegido.

Más avanzado está el asunto que afecta al actual director del Instituto de Turismo, Enrique Ujaldón, pendiente de juicio y con petición de ocho años de inhabilitación porque supuestamente prevaricó cuando era director general de Patrimonio al autorizar que se desmontara un yacimiento arqueológico árabe en pleno centro de Murcia. Las protestas ciudadanas consiguieron paralizar el desaguisado.


* El Confidencial - Vidal Coy - 14.3.13
Foto: Murcia, ayuntamiento - murciaconfidencial



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