El TSJCV anula el PAI Mundo Ilusión en Cabanes por errores en la licitación

Empiezan a caer algunos de los Planes urbanísticos más emblemáticos de la época de la burbuja inmobiliaria en la Comunidad Valenciana. Aunque los motivos sean variados, la realidad es que la justicia, en los casos más relevantes, parece que está actuando, aunque sea bastante tarde, como siempre. El megaproyecto de Marina d'Or Golf en la provincia de Castellón es un modelo protípico de ese urbanismo salvaje que ha arruinado la costa en muchas zonas del país.
"EUROPAPRESS* : La sección primera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el PAI Marina d'Or Golf (Mundo Ilusión) en la localidad castellonense de Cabanes por errores en la licitación, según ha informado Compromís en un comunicado. Así, el tribunal valenciano ha estimado una de las demandas interpuestas contra este PAI, "llamado el más grande de Europa", ha recordado el coportavoz de Compromís en las comarcas de Castellón y concejal en Cabanes, Carles Mulet.

El TSJCV anula así, por ser contrarios a derecho, la resolución de la Comisión Territorial de Urbanismo, de fecha 23 de abril de 2010, por la que se aprobó definitivamente la Homologación y el Plan Parcial Marina d'Or Golf en Cabanes.

La denuncia presentada alegaba que la empresa Construcciones Catellón-Marina d'Or había incumplido la Ley de Contratos, "al no publicarse la propuesta de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas", así como la "falta de clasificación" de la empresa adjudicataria". En base a jurisprudencia del Tribunal Supremo, el tribunal entiende que esta publicación era obligada al tratarse de una actuación de más de 6 millones de euros, y por tanto la adjudicación del programa y su aprobación quedan anuladas", ha puntualizado Compromís.

Según ha indicado Mulet, ésta es la primera sentencia ante las diversas demandas judiciales interpuestas, "y tira por tierra una de las mayores barbaridades urbanísticas del litoral europea, que pretendía urbanizar 18 millones de metros cuadrados".

"Ahora -ha agregado- hay que ver cómo se traslada esta anulación al término de Oropesa, ya que si bien la sentencia solo anula el proyecto en Cabanes, hay que recordar que en Oropesa, donde recaía un 20 por ciento del PAI, se siguieron exactamente los mismos pasos y, por tanto, los mismos errores, y entendemos que la anulación debería de afectarle igualmente", ha dicho.

Mulet ha remarcado que los efectos de esta anulación "son demoledores", ya que hacen comenzar de nuevo la tramitación del PAI, "justo cuando la empresa adjudicataria provisional ha anunciado su intención de renunciar a urbanizarlo, y solo pretende venderlo a inversores extranjeros".

Para el portavoz ecosocialista, "ahora es el momento de replantearse el modelo", "con un PAI anulado, la empresa incapacitada económicamente para tirar hacia delante, que no puede presentar el aval necesario para hacerse cargo, el urbanismo en estado de parálisis en todo el país...".

A su juicio, "no tiene sentido recomenzar de cero el mismo PAI con las mismas pretensiones urbanísticas". Ahora las partes tienen 10 días para recurrir la sentencia del TSJCV, y Mulet ha mostrado su deseo de que el Ayuntamiento de Cabanes, parte afectada, "no continúe malgastando el dinero de los vecinos recurriendo al Supremo, y si lo tiene que hacer alguno, que sea la empresa", ha dicho.

La empresa, perpleja
El fallo fue recibido en el Grupo Marina d'Or con "gran sorpresa y perplejidad", según afirmó la compañía de Jesús Ger en un comunciado. "Nos resulta increíble que el Tribunal anule el Plan Parcial y la Homologación del sector Marina d'Or Golf cuando lo cierto es que a los mismos no les hace ni el más mínimo reproche técnico ni jurídico", señaló. "Tampoco el Tribunal ha reprochado al PAI Marina d'Or Golf nada en cuanto a su escrupuloso cumplimiento de la LRAU", añadió.

La compañía castellonense anuncia que interpondrá un recuso de casación ante el Tribunal Supremo y asegura que "esta sentencia pone en entredicho todos y cada uno de los planes parciales desarrollados por gestión indirecta en la Comunidad Valenciana".

Además del recurso, afirma que "se se van a llevar a cabo todos los trámites necesarios que permitirán, en muy poco tiempo, la aprobación definitiva del programa y su plan parcial, ya que el suelo estaba contemplado como urbanizable desde el PGOU del municipio con anterioridad a la aprobación del Plan Parcial, y toda la documentación y estudios están preparados y sin ninguna deficiencia según la sentencia".


* El Economista - Europa Press - 25.5.13
Foto: Marina d'or (Castellón)- revistaintegral



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Altea.- El Supremo anula el proyecto del plan urbanístico de Los Puentes del Algar

Incongruencias de la política urbanística municipal y el 'ladrillazo'. En su momento PP y PSOE apoyaron este plan parcial, ahora todos los grupos coinciden en que "se trata de un proyecto que no sería bueno para el futuro de Altea (Alicante).
"EFE* : El Tribunal Supremo (TS) ha anulado definitivamente el proyecto del plan urbanístico Los Puentes del Algar de Altea, lo que, según fuentes municipales, obliga al Ayuntamiento a tener que devolver los 7,7 millones de euros que el agente urbanizador, Altea Futura SA, entregó en forma de canon. El fallo del TS, dictado el pasado día 10, parte de los recursos de casación presentados por la Generalitat y Altea Futura contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) de junio de 2009. En esa resolución, el TSJCV dio la razón a una serie de particulares.

También anuló el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante de 31 de enero de 2006 por el que se aprobó definitivamente el plan de Los Puentes del Algar, al entender que con anterioridad debían haberse desclasificado y protegido 4,6 millones de metros cuadrados del plan parcial El Alamo para cumplir con las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental.

En concreto, esta declaración indicaba que era necesario desclasificar y proteger ese suelo de El Alamo para compensar la construcción de unas 5.000 viviendas y varios hoteles de lujo en la zona de El Algar, en la que el Plan General no preveía edificar.
'Razonamiento equivocado'

Ahora, el Supremo ha anulado esta sentencia del TSJCV al considerar que parte de un "razonamiento equivocado" que le hace incurrir "en incongruencia".Sin embargo, y pese a anular esta sentencia, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto en su día por una serie de particulares que pedían anular la aprobación definitiva del plan parcial de Los Puentes del Algar.

Según el TS, el recurso de estos particulares -presentado en 2006- "debe ser estimado", ya que la desclasificación y protección de esos 4,6 millones de metros cuadrados de El Alamo "no puede posponerse al acuerdo de aprobación definitiva" del plan parcial como ocurrió.

Fuentes municipales han señalado en una nota de prensa que, con la anulación definitiva de Los Puentes del Algar por parte del TS, el Ayuntamiento deberá devolver a Altea Futura SA "los 7,7 millones de euros que la empresa entregó como canon al adquirir la condición de urbanizador".

En el mismo comunicado, el concejal del Área Económica, Pedro Barber, ha indicado que, pese a que en su momento PP y PSOE apoyaron este plan parcial, ahora todos los grupos coinciden en que "se trata de un proyecto que no sería bueno para el futuro de Altea". Por su parte, la edil de Urbanismo, Carolina Punset, ha manifestado que la anulación del plan favorece y coincide con los planteamientos de la revisión del Plan General, que en el documento de inicio prevé declarar esa zona no urbanizable en consonancia con "la apuesta" del equipo de gobierno por "un modelo de urbanismo sostenible".


* El Mundo - EFE - 27.5.13
Foto: Altea - turismo

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