Los jueces frenan 58.500 viviendas en la Comunidad Valenciana

Hace poco aquí se comentaba la serie de sentencias judiciales que, aunque tarde, estaban anulando mega-urbanizaciones ilegales en todas las provincias de la Comunidad Valenciana. Estas actuaciones urbanísticas suponen 58.500 viviendas que han sido frenadas debido a sus múltiples irregularidades contra la Ordenación del Territorio. Las principales son: Rabassa, Porxinos, PGOU Castellón, PGOU Benissa, Marina d'Or Golf, Benicassim Golf y Fonts de l'Algar.
"ELPAÍS* : Rabassa. El plan Rabassa colecciona sentencias judiciales contrarias al macroproyecto urbanístico impulsado por el promotor Enrique Ortiz, imputado en el caso Brugal. En los últimos dos meses el TSJ ha dictado cuatro sentencias que anulan a este PAI que contempla 13.500 viviendas, y la instalación de un centro comercial para albergar la multinacional IKEA.

La mayoría de las sentencias coinciden en que hubo irregularidades en el proceso, incluso se adjudicó primero al agente urbanizador el programa y luego se aprobó el PAI, también evidencia la falta de publicidad y transparencia, así como la ausencia de recursos hídricos garantizados. A estas cuatro sentencias, hay que añadir la decisión de la Audiencia de Alicante de reactivar la causa penal del caso Rabassa al entender que pudiera haberse cometido tráfico de influencias, cohecho y prevaricación.

Porxinos. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano a principios de junio declaró nulo y dejó sin efecto el plan urbanístico parcial Masía de Porxinos de Riba-roja, acogiendo un recurso presentado por el colectivo Salvar Porxinos. El PAI contemplaba la construcción de 2.600 viviendas y una ciudad deportiva para el Valencia CF. El Tribunal Supremo anuló una sentencia previa que avalaba el proyecto, y ahora el TSJ considera nulos el acuerdo de la comisión territorial de Urbanismo de 30 de junio de 2006 y la resolución de 4 de diciembre de 2007 de la dirección general de Urbanismo, al entender que se violaron “los principios de publicidad y libre concurrencia” al adjudicar directamente “la condición de agente urbanizador” a la sociedad unipersonal Litoral Este. También cuestionaba la falta de recursos hídricos.

PGOU Castellón. El plan urbanístico de Castellón está en un limbo jurídico. El Tribunal Supremo ha anulado en dos ocasiones (2008 y 2011) el Plan General de Ordenación Urbana del año 2000, el que planeó el mayor crecimiento de la ciudad. El Ayuntamiento intentó solventar el problema en unos meses, pero el TSJ actuó e instó a ejecutar la sentencia. Esto es, iniciar la tramitación de un nuevo plan desde su inicio. El alcalde, Alfonso Bataller, convencido de que estaba ejecutando correctamente el fallo, presentó un nuevo recurso que todavía está a la espera de resolución. Pero, ante la sospecha de que el Supremo dictará una vez más que el plan es nulo y debe repetirse.

PGOU Benissa. El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la aprobación definitiva del plan general de Benissa por entender que, “a pesar de introducirse modificaciones sustanciales durante la tramitación” de la citada planificación, “no fue reiterado el trámite de información pública”. El Ayuntamiento estudia ahora recurrir la sentencia.

PAI marina d’Or Golf. Los tribunales han tumbado lo que se presentó como “el mayor PAI de Europa”. En mayo, el TSJ anuló el PAI Marina d’Or Golf, un proyecto para urbanizar 18 millones de metros cuadrados entre Cabanes y Oropesa con 35.000 viviendas, hoteles y campos de golf. Contaba con la cesión de terrenos para ejecutar el parque de Mundo Ilusión, paralizado por la Generalitat. Se anuló porque la licitación no se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, un trámite “indispensable” al ser una obra de más de seis millones de euros. El fallo ha sido recurrido por Marina d’Or y por la Generalitat.

Benicàsim Golf. Fue el primer proyecto con green que se presentó en la provincia de Castellón y pretendía urbanizar dos millones de metros cuadrados y construir más de 2.000 viviendas. El Tribunal Supremo declaró nulo de pleno derecho el acuerdo plenario por el que quedó aprobado en 2005 por estimar que se hizo sin tener en cuenta el informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) para asegurar los recursos hídricos. La sentencia no puede ser recurrida.

Fonts de l’Algar. El TSJ de la Comunidad Valenciana en mayo de 2010 falló por segunda vez contra del PAI de les Fonts de l’Algar, en Altea. El tribunal ha aceptado un recurso del Bloc que cree incompatible el programa urbanístico con la zona húmeda de especial conservación en el entorno de la desembocadura del río Algar. El proyecto prevé 6.000 casas, un campo de golf de 18 hoyos, cuatro zonas hoteleras y tres áreas comerciales.


* El País - EZEQUIEL MOLTÓ / LORENA ORTEGA - 6.7.13
Foto: Alicante, cartel protesta en Rabassa - laverdad.es



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La juez inhabilita 7 años al exalcade de Telde, F.Santiago, por la licencia de Yrichen

De nuevo está de actualidad el municipio de Telde (Gran Canaria) por sus irregularidades urbanísticas. Ahora se trata de una construcción ilegal de hace 18 años, nada menos. Por mucho que la justicia haya inhabilitado al exalcalde, el daño ya está realizado e, incluso, aprobado por la comisión de Urbanismo del gobierno canario. Es decir, mal hecho por todos los implicados. Contra esto hay poco que hacer o decir.
"UNIVERSOCANARIO* : El Juzgado de lo Penal nº6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a siete años de inhabilitación al exalcalde de Telde Francisco Santiago, hoy en NC, por estimar que cometió un delito de prevaricación al permitir que el centro para toxicómanos de Yrichen se construyera sin licencia. La sentencia absuelve, en cambio, al resto de acusados en este procedimiento penal, que se abrió hace siete años: los ediles Ildefonso Jiménez, Marcelino Galindo y Julián González y los arquitectos Antonio Betancor y Elisenda Muñoz.

La juez considera que, entre 1994 y 1995, Francisco Santiago permitió que Yrichen construyera ese centro social en el barrio de La Pardilla pese a que no se le había llegado a otorgar la preceptiva licencia, no se había elaborado el informe básico de impacto ambiental ni se había obtenido el visto bueno de la Dirección General de Urbanismo, ya que se trataba de suelo rústico.

A pesar de todo ello, el entonces alcalde de Telde no solo no requirió la paralización de esas obras, sino que "dictó resoluciones para su realización hasta que finalizaron".

La juez no aprecia que el resto de los acusados sean responsables de la falta de control por parte del Ayuntamiento de que la construcción de ese centro social cumpliera con los requisitos exigidos por la ley, ya que el alcalde no había delegado en ellos ninguna competencia en materia de concesión de licencias.

Durante el juicio, las acusaciones plantearon una solicitud para que se derriben las obras ilegalmente realizadas en Yrichen.

La sentencia no contiene ningún mandato al respecto, pero sí hace constar en el capítulo de hechos probados que, a pesar de las irregularidades cometidas, la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias dio su visto bueno a ese equipamiento de Yrichen al aprobar la revisión del plan general de urbanismo de Telde de 2011.


* Universo Canario - 5.7.13
Foto: Telde (GranCanaria), ayuntamiento - infolabtelde



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