Un Plan de Urbanismo en Ávila que atenta contra el principio de modelo de ciudad compacta

La modificación del PGOU de Ávila ha sido echada abajo por la justicia de Castilla y León, ya que se pretendía ampliar exageradamente la superficie de actuación, frente a una ciudad más compacta que, con buen criterio, ha aducido el Tribunal de Justicia. Una sentencia que llama la atención por lo inusual, ya que casi siempre los tribunales solo juzgan legalidades documentales, de procedimiento, pero pocas veces entran en el fondo del asunto: el modelo urbanístico que pretende una ciudad con su Plan General.
"ELDIARIO* : Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tira por tierra las pretensiones del Ayuntamiento de Ávila de resolver verdaderas y reales necesidades de suelo residencial o comercial. No solo lo frena de cuajo, sino que el escrito judicial le dice, de forma nítida, que la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que pretendía el Consistorio “aumenta el impacto del crecimiento y atenta contra el principio de modelo de ciudad compacta que se reivindica en la normativa urbanística vigente”. Según la sentencia, los cambios que se preveían para el PGOU no van en la línea de “completar las tramas urbanas existentes” ni a “solucionar problemas urbanísticos de las áreas degradadas ni a regenerar la ciudad existente”.

La modificación que pretendía poner en marcha el Ayuntamiento de Ávila implicaba el desarrollo urbanístico de tres sectores con cerca de un millón de metros cuadrados, donde se iban a construir 4.000 viviendas y una zona comercial, en la zona situada entre las carreteras CL-505 y la AV-503.

En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se añade que “no se entiende por qué se ha procedido a tal modificación, cuando el 29 de enero de 2010, se había procedido por el Ayuntamiento a iniciar la revisión del PGOU de Ávila”, y “resultaba más coherente que dicha reclasificación del terreno se hubiera producido, en su caso, con ocasión de la revisión”.

El máximo órgano judicial de esta Comunidad Autónoma pone en duda la previsión de construir viviendas que se hacía en la modificación del Plan en 2010, por lo que, según la sentencia, “tampoco se comprende la urgencia de la modificación, cuando según los propios datos del Ayuntamiento, en el PGOU vigente se planteaban un total de 17.278 viviendas, de las cuales se han ejecutado 6.608, lo que implica que quedan por ejecutar 10.670 viviendas”.

Y añade el escrito del Tribunal: “si quedan dichas viviendas por ejecutar, no existe una urgencia que por vía de modificación pretenda añadir a las mismas las 3.396 viviendas planteadas por la Sexta Modificación, sin esperar a la revisión del Plan”.

De esta manera, se declara “no conforme a derecho” la sexta modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Ávila y la orden de la Junta de Castilla y León que la prueba, una sentencia que llega tras los recursos planteados por UPyD y la Federación de Empresarios de la Construcción (Fecopa).

La sentencia también hace referencia al padrón municipal, argumento utilizado por el Ayuntamiento de Ávila para justificar esa modificación urbanística. Según el Consistorio, “la cifra de empadronados que realmente reside en el municipio al finalizar el año 2009 supera el umbral de 60.000 habitantes”, mientras que para el Tribunal Superior de Justicia “si se acude a la página web del Ayuntamiento, en la fecha actual, resulta que la cifra de población actualizada al mes de agosto de 2013 es de 60.505 habitantes, luego dicha cifra solo se ha superado este año y con una población según el INE para el año 2012 de 58.915, como se puede consultar en su página web oficial”.


* El Diario - Justino Sanchón - 25.9.13
Foto: Zona de las afueras de Ávila donde se preveía construir cerca de 4.000 viviendas. Ávilared.com

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